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Insisto y Resisto

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Cuba- No es una pieza: es toda la maquinaria/ y Microempresas, pequeñas y medianas empresas en Cuba y sus limitaciones

28 de agosto de 2021 por tali Leave a Comment

Julián Pérez Rodríguez*  25 agosto 2021

Me lo contó un veterano experiodista de Granma. Corrían los años finales de la década del setenta o inicios de los 80. Él asistía como reportero a una sesión de la Asamblea Nacional del Poder Popular (ANPP), en la cual se discutían temas candentes del país. En la reunión del parlamento también se encontraba, como invitado, el capitán del Ejército Rebelde Jorge Enrique Mendoza, a la sazón director del órgano oficial del Partido Comunista de Cuba.

En la noche, cuando ambos regresaban al periódico y el reportero se disponía a escribir la información que saldría en la edición del día siguiente, Mendoza le advirtió con tono paternal: «Mijo, redacte una nota que no diga nada, ¡que no diga nada!». Aquella indicación turbó un poco al joven. ¿Qué no diga nada? ¿Acaso se podía redactar un texto periodístico para no decir nada? ¿Ese era el mandato de la profesión? ¿Resultaba correcto, ético? ¿Y cómo hacerlo, como decir sin decir nada?

Pues bien, al parecer el confundido redactor cumplió acertadamente el encargo. Escribió su noticia, pasó por los procesos de revisión habituales y al otro día salió, sin que el Director del medio le reclamara por mencionar «algo».

Solo a los años, y tras muchos tumbosen la vida y el oficio, comprendería el periodista qué significaba en toda su magnitud «no decir nada»; aunque ya para ese instante no se dedicara a escribir ni estuviera en la plantilla del órgano partidista.

Con bastante frecuencia viene a mi mente la anécdota —que aunque fuese apócrifa, resulta deliciosa— porque cada vez más me convenzo de que los políticos que nos dirigen —y la mayoría de sus voceros— tienen un doctorado en el arte de «no decir nada». O sea: hablar, hablar, hablar, nebulosa y ampulosamente; prometer, enfatizar, recabar confianza, total confianza en ellos, y al final, dejarnos sin saber ni jota.Pieza (2)

«(…) a la principal planta productora de oxígeno medicinal del país se le rompió una pieza». (Imagen: Ronal Vill)

Hace poco nos enteramos, en voz del Ministro de Salud Pública, José Ángel Portal Miranda, de que a la principal planta productora de oxígeno medicinal del país se le rompió una pieza. Dicha rotura «la ha sacado de circulación y eso hace que las producciones que normalmente puede lograr Cuba, hoy estén limitadas», afirmó el titular del sector.

«Hay un grupo de decisiones que se han estado tomando en los últimos días que nos han estado dando soluciones para paliar esta situación». Se está buscando agilizar lo más rápido posible, aseguró, la solución de la planta. «Además se han estado importando concentradores de oxígeno, que son equipos que logran producirlo, a bajo volumen, las 24 horas del día y pueden ser utilizados hasta en tres pacientes al mismo tiempo. Esos los estamos ubicando, explicó, en las instituciones principales para la atención a los pacientes». Todo ello según reporte de la periodista Leticia Martínez, reproducido por el sitio web Razones de Cuba.

Nótense las formas verbales compuestas con gerundios, pues son una de las maravillas de este «arte» oratorio nacional: «se han estado tomando», «nos han estado dando», «se está buscando», «se han estado importando», y «estamos ubicando»… Conclusión: seguimos desinformando.

El receptor mediamente crítico, comienza entonces a taladrarse la cabeza con preguntas: ¿Qué pieza específica se rompió? ¿Qué características tiene? ¿Dónde y cómo puede adquirirse? ¿Ya el país mandó a buscarla, comprarla, canjearla? ¿Y en más de año y medio de pandemia, en la que el oxígeno ha sido talón de Aquiles de varios países, no se pudo prever en la Isla que algo así podría ocurrir? ¿Acaso gobernar no es prever, según el Apóstol cubano?

¿A cuánto ascienden las producciones «normales» de oxígeno medicinal en Cuba? ¿Cuál es el déficit actual? ¿En qué tiempo más o menos exacto se traduce el «lo más rápido posible», en que intentan resolver el entuerto? ¿Cuáles han sido los costos, en vidas humanas perdidas o dañadas severamente, de esta falta de oxígeno?

Es posible que ni Portal Miranda —quien en lo personal me parece un hombre responsable y sensible—, ni ningún otro dirigente, expliquen esos detalles. Tristemente tampoco lo harán los medios oficiales, aunque existan algunos pocos que salven la honra y nos cuenten, como Invasor, que hubo que trasladar,en noche de emergencia, pacientes del Hospital Antonio Luaces Iraola, de Ciego de Ávila, al Roberto Rodríguez, de Morón, porque el primero literalmente se asfixiaba.

O que —también en exclusiva del periódico avileño— «el parte diario que emite el Minsap es impreciso, debido a que en sus estadísticas solo ingresan los fallecidos que en el momento de su deceso tienen un PCR positivo, según admitiera el propio Ministro de Salud […]; consciente, además, del sesgo en los datos, pues no todos los fallecidos alcanzan a hacerse u obtener el resultado de un PCR. La muerte, a veces, llega primero».Pieza (3)

«El parte diario que emite el Minsap es impreciso, debido a que en sus estadísticas solo ingresan los fallecidos que en el momento de su deceso tienen un PCR positivo» (Foto: Canal Caribe)

Pero el asunto, como es obvio, no se reduce a la salud, aunque por las condiciones de extrema crisis sanitaria sea ese el foco delirante ahora mismo y en los próximos meses.

Basta ver las piruetas verbales con que el noticiero estelar de la televisión cubana notifica el «déficit de generación» eléctrica o las «interrupciones del servicio» —jamás nombradas apagones— para recrearse en la mermelada discursiva por la que nunca uno sabe a ciencia cierta plazos concretos, responsabilidades de quienes debían anticiparse a las roturas o mantenimientos y no lo hicieron, estado real de las redes eléctricas, criterios precisos que se siguen para desconectar seis horas a una provincia, cuatro a la otra, y ninguna a la de más allá; por solo citar algunos detalles.

Así pasa con Acueducto y Alcantarillado. Lo mismo ocurre con Comercio Interior. Similares frutos de misterio y humo se cosechan en el Ministerio de la Agricultura. Y por ese estilo en la mayoría —para no decir todas— las instituciones estatales que deberían funcionar con la transparencia que implica ser servidores públicos, no opresores ciudadanos.

Caso aparte, por el poder absoluto que concentran, son los órganos militares, cuyas entidades económicas —GAESA, el mayor conglomerado empresarial de la Isla— operan con total discrecionalidad, ni siquiera son auditadas por la Contraloría General de la Repúblicay no  rinden cuentas ante la ANPP.

Claro, aunque el peso de tantos años de embrutecedora propaganda es descomunal, poco a poco se van abriendo brechas, y la gente respira unas bocanadas de diversidad informativa. Y contrasta. Y abre más los ojos. Y se sabe engañada. Y explota.

Sucedió el 11 de julio pasado, que no fue, como han intentado narrarlo, solo un resultante de las influencias y llamados del «enemigo» a subvertir el orden con «golpes blandos» o en «colores», sino una clara señal de que nuestra pequeña humanidad decía «basta», y echaba a andar, aunque esto le costara cientos de detenidos, golpes, disparos, sanciones laborales, calles tomadas por policías, tristeza de familias enteras que ya nunca más volverán a la inocente y obediente credulidad.

Y volverá a suceder, más allá de decretazos 35 o cuántas trampas legales se inventen para criminalizar la divergencia de criterios. Porque el agua, que puede fluir mucho tiempo como una mansa corriente, una vez en turbión, no hay muro que la detenga.

*JULIÁN PÉREZ RODRÍGUEZ: Profesor jubilado.

Microempresas, pequeñas y medianas empresas en Cuba y sus limitaciones

escrito por Mauricio De Miranda Parrondo 26 agosto 2021(Foto: Ap/Archivo)

El pasado 19 de agosto fueron finalmente publicados en la Gaceta Oficial de la República de Cuba, los siguientes Decretos-Leyes: 44, sobre el ejercicio del Trabajo por Cuenta Propia (TCP); 45, sobre las contravenciones personales en el ejercicio del TCP; 46, sobre las micro, pequeñas y medianas empresas (MIPYMES); 47, sobre las Cooperativas No Agropecuarias (CNA); 48, sobre el Régimen Especial de Seguridad Social para los trabajadores por cuenta propia, los socios de MIPYMES privadas y de las CNA; y el 49, modificativo de la Ley 113 del Sistema Tributario.

También se expidió el Decreto 49/2021 del Consejo de Ministros, que establece las actividades a realizar por las MIPYMES, los TCP y las CNA. Asimismo, se publicaron resoluciones del Banco Central y de varios ministerios que regulan materias de su competencia a tenor con la legislación mencionada.

El presente texto se concentrará, fundamentalmente, en la norma que regula las MIPYMES y los aspectos establecidos por el Decreto-Ley. De manera especial, el análisis se centrará en el caso de las privadas, debido a que las estatales harán parte del ecosistema empresarial del Estado y de su mecanismo de funcionamiento.

Gaceta Oficial acaba de publicar las Normas jurídicas del perfeccionamiento de los actores económicos. Gaceta Oficial No. 94. #IDEALxCuba @MEP_CUBA pic.twitter.com/GNWEfpeR4A

— Ministerio de Economía y Planificación de Cuba (@MEP_CUBA) August 19, 2021

Los avatares del «cuentapropismo» como forma de actividad privada en la economía cubana

La actividad económica privada ha encontrado, históricamente, una gran resistencia en la dirigencia política cubana. Sin embargo, ha sido uno de los recursos utilizados en tiempos de crisis como alternativa para enfrentar períodos de fuerte escasez de bienes y servicios. El patrón, hasta ahora, ha sido abrir espacios al sector privado en condiciones de crisis económicas y cerrarlos cuando estas se superan.

En 1978 se adoptó el Decreto-Ley 14, que autorizaba el desempeño del trabajo por cuenta propia en una serie de actividades de servicios y de reparaciones. Ello consentía por primera vez el desarrollo de trabajos privados, fuera del sector agropecuario, desde la «Ofensiva Revolucionaria» de 1968 que clausuró los pequeños negocios privados en el país.

Durante el primer lustro de los ochenta se crearon los Mercados Libres Campesinos y los Mercados Artesanales, que rápidamente recibieron críticas desde la más alta dirección del país, debido al enriquecimiento de los campesinos, intermediarios y artesanos privados. Esto condujo a su supresión en 1986, al calor del llamado «Proceso de Rectificación de Errores y Tendencias Negativas», que resultó en la práctica la reacción contraria de la dirigencia cubana frente a la «Perestroika» soviética.

El período de 1986 a 1990, significó no solo el desmonte de la escasa actividad económica privada, sino también del Sistema de Dirección y Planificación de la Economía (SDPE) aprobado en el Primer Congreso del Partido Comunista de Cuba de 1975. Se redujo entonces al mínimo la escasa autonomía del sistema empresarial estatal y, en consecuencia, se retornó a un alto grado de centralización de las decisiones económicas.

La crisis de 1990-1993 llevó a reconsiderar el papel del trabajo por cuenta propia, ante la incapacidad manifiesta del sector estatal para asegurar las necesidades de consumo. El Decreto Ley 141, de 1993, fue el primero de varios que han regulado el trabajo por cuenta propia, estableciendo listados de actividades permitidas que variaron a lo largo del tiempo.

En algunos casos se aumentaban las actividades permitidas; en otros, se suspendía el otorgamiento de ciertas licencias, aunque existiera el permiso para ejercerlas. Inicialmente se prohibió a los profesionales desarrollar estas actividades, posteriormente se les permitió, siempre que fueran distintas a las de su profesión.

Al principio se vedaba la contratación de fuerza de trabajo; posteriormente se autorizó bajo la figura también de trabajadores por cuenta propia. Con ello se distorsionaba la realidad porque, en rigor, estos trabajadores contratados no eran otra cosa que empleados de unas empresas que no podían llamarse como tales ya que no se les reconocía personalidad jurídica.Empresas (2)

Fuente: ONEI. Anuarios Estadísticos (varios años).

Los vaivenes de la política respecto al trabajo por cuenta propia explican en gran medida las oscilaciones en la cantidad de personas dedicadas a él durante las últimas décadas.

La Gráfica 1 muestra el número de trabajadores por cuenta propia aproximado a miles. En ella se perciben notables oscilaciones en el período 1996-2010; solo a partir de esa última fecha se observa una tendencia generalmente ascendente, que se frena en 2020 por los efectos de la pandemia.

Necesidad del despliegue de la actividad económica privada en la economía cubana actual

De acuerdo con varios economistas cubanos, el desarrollo del trabajo por cuenta propia no resultaba suficiente para las necesidades de crecimiento de la economía y el incremento de la oferta de bienes y servicios. Por esa razón, hemos insistido en que se reconozcan las potencialidades del sector privado, en términos de eficiencia, productividad y despliegue de las fuerzas productivas.

Este fenómeno se verifica en el hecho de que la mayor parte de los alimentos en el país los genera el sector privado. De ahí la necesidad de crear, en principio, microempresas, pequeñas y medianas empresas privadas en diversos ámbitos de la actividad económica, sobre todo ante la realidad de que después de treinta años, en la mayor parte de las ramas de la industria y en varios rubros agropecuarios se producen menos unidades físicas que en 1989.

El tejido industrial y agropecuario requiere de urgente modernización para que alcance niveles de competitividad, pero el Estado cubano no cuenta con los recursos ni con la capacidad de inversión para lograrlo. Ello demandaría la importación de maquinarias y tecnología, y la capacidad de importación del sector estatal está limitada por la contracción de las exportaciones de servicios, que constituyen los principales ingresos de divisas, sobre todo después del estancamiento de varios sectores que producen bienes exportables.

El sector privado, a pesar de su escaso nivel de acumulación doméstica, puede lograrlo si atrae inversiones de capitales procedentes, en gran medida, de los cubanos residentes en el exterior. Esto requeriría condiciones institucionales y garantías que actualmente no existen y que tampoco son aseguradas por las nuevas normas jurídicas que crean y regulan las microempresas, pequeñas y medianas empresas.

La creación de MiPymes y sus limitaciones

La reciente adopción del Decreto-Ley 46 del Consejo de Estado sobre las micro, pequeñas y medianas empresas (MiPymes), regula su creación en el país, mientras que el Decreto 49 del Consejo de Ministros establece las actividades a las que pueden dedicarse, tanto las MiPymes, las cooperativas no agropecuarias, como los trabajadores por cuenta propia.

La decisión de crear este nuevo tipo de empresas es, en principio, correcta aunque demorada en el tiempo, y adoptada, al igual que el llamado «Ordenamiento monetario», en el peor momento posible dadas las dificultades para su desarrollo en medio de la crisis sanitaria y económica actual.Empresas (2)

El llamado «Ordenamiento monetario» se efectuó en el peor momento posible dadas las dificultades para su desarrollo en medio de la crisis sanitaria y económica actual. (Foto: Desmond Boylan/Reuters)

Entre los aspectos positivos del Decreto Ley 46 está el reconocimiento, al fin, de la necesidad de diversificar los actores económicos y establecer un mayor espacio para el desarrollo del sector privado en la economía. Con tal fin se otorga personalidad jurídica, como empresas, a los proyectos de emprendimiento generados al amparo de dicha norma.

El Decreto 49 adopta la reciente práctica de listar las actividades prohibidas en lugar de las permitidas; aunque son tantas las que se prohíben que se limitará considerablemente su potencial efecto positivo sobre el crecimiento económico. Sin embargo, es de destacar que se permite el desarrollo del comercio minorista y mayorista, aunque con algunas limitaciones de tipos de productos y de trabajadores a contratar.

Entre las principales restricciones de ambas normas pueden mencionarse:

1. La forma jurídica que se permite para las MIPYMES es la de una sociedad de responsabilidad limitada (S.R.L.), que separa el patrimonio personal de los propietarios o socios respecto al de la empresa. Sin embargo, no se ha considerado la posibilidad de constituir sociedades anónimas (S.A.) que podrían conducir a la aparición de un mercado de capitales.

2. Se prohíbe la posibilidad de ser socio de más de una MIPYME, lo cual no permitiría a los inversionistas domésticos diversificar riesgos, al tiempo que resulta una prohibición carente de sentido si se tiene en cuenta que lo que se necesita es la aparición de muchas empresas de este tipo.

3. Únicamente se permite ser propietarios o socios de MIPYMES a cubanos o extranjeros residentes permanentes en el país, y eso excluye expresamente a los cubanos residentes en el exterior. En la experiencia de China y Vietnam, los nacionales residentes en el exterior fueron fuente importante de creación de negocios al amparo de las leyes de Empresas adoptadas en aquellos países como parte de sus procesos de reforma económica.

Esta situación mantiene la opacidad institucional actual, que se establece cuando cubanos residentes en el exterior envían remesas para el desarrollo de negocios que atienden sus familiares en el país, en lugar de permitir que ejerzan sus plenos derechos como empresarios, propietarios o socios de MIPYMES.Empresas (3)

En la experiencia de China y Vietnam, los nacionales residentes en el exterior fueron fuente importante de creación de negocios.

4. Las prohibiciones establecidas en el Decreto 49 del Consejo de Ministros suman un total de 112, la mayor parte carece de sentido económico y en algunos casos están motivadas por cuestiones políticas.

5. No resulta claro qué significa que se autoricen actividades agropecuarias «mientras no se rompa el esquema existente en la base productiva». Lo anterior resulta contradictorio si se tiene en cuenta que el «esquema existente» en el sector agropecuario es precisamente el responsable de la mayor parte de las insuficiencias del mismo.

6. Varias prohibiciones carecen de sentido económico, porque muchas de esas actividades no son desarrolladas por empresas estatales y su aparición contribuiría al avance de la economía, especialmente en la fabricación de productos industriales. Tales son los casos de la fabricación de vehículos automotores; pilas, baterías y acumuladores; construcción de embarcaciones; fabricación de motocicletas, locomotoras y material rodante, etc.

Es claro que resulta difícil que una mediana empresa sea capaz de producir locomotoras, automóviles o motocicletas; sin embargo, qué sentido tiene prohibirlo cuando podría darse la posibilidad de que algunos de estos rubros se desarrollen asociados a capitales foráneos.

7. Aunque no se prohíbe todo el comercio mayorista y minorista, el Estado mantiene un monopolio ineficaz en las grandes superficies y, debido a su escasez de recursos, no puede asegurar las importaciones necesarias para dinamizarlos. Las prohibiciones de comercializar de forma privada ciertos bienes que podrían tener alta demanda se mantiene como una fuerte limitación al desarrollo del mercado. En esta misma línea se ubica la prohibición de actividades de almacenamiento y depósito.

8. Se prohíben las actividades de mensajería a una escala superior a la de adquisición y entrega de los productos normados.

9. Se prohíbe el desarrollo de actividades inmobiliarias, excepto el arrendamiento de viviendas, habitaciones o espacios y la intermediación en la compra, venta y alquiler de bienes inmuebles.

10. Se prohíbe el desarrollo de actividades profesionales, científicas y técnicas; excepto la teneduría de libros, el diseño, la decoración y la fotografía, la programación de equipos de cómputo, traductores y veterinarios de animales de compañía. Esta decisión cierra opciones a la formación de empresas de consultoría, de servicios de arquitectura o ingeniería, asesoría jurídica o contable, entre otros.

11. Se prohíbe el desarrollo privado de actividades artísticas, de entretenimiento y recreación; así como el alquiler y arrendamiento de equipos deportivos y recreativos.

12. Se prohíbe el desarrollo de agencias de viaje privadas y de operadores turísticos.

13.Existen prohibiciones que responden a razones políticas, o para mantener el control sobre la producción y difusión de bienes culturales y sobre ideas que puedan resultar contestatarias: galerías de arte privadas; edición, maquetación e impresión de libros, periódicos, tabloides y revistas en cualquier formato o soporte; producción audiovisual y cinematográfica profesional; creación de sellos discográficos, editoras musicales y entidades para la comercialización de discos; actividades de telecomunicaciones alámbricas, inalámbricas y por satélite; así como proscripción expresa al ejercicio del periodismo.

En resumen, la cantidad de prohibiciones antes mencionadas y las que no han sido incluidas en esta relación, demuestran las excesivas limitaciones impuestas al desarrollo de la actividad empresarial privada a escala de micros, pequeñas y medianas empresas; en un momento en el que ellas deberían servir como importantes mecanismos para impulsar el desarrollo de la producción y los servicios en el país. Se hace evidente que no existe la voluntad política real de las autoridades cubanas de generar reformas estructurales profundas para salir de la crisis.

Fuente: La Joven Cuba

Filed Under: Campesinos y trabajadores, Internacional, Política e economía

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